El Real Decreto 723/2026 está en vigor desde el 5 de octubre de 2026. Obliga a tu empresa a darte por escrito mucho más que tu puesto y tu sueldo base.
Si cobras variables, si tu jornada cambia de un día para otro o si un sistema automático decide qué tareas te tocan, esta norma habla directamente de ti. Su objetivo es reforzar la transparencia y adaptar la normativa española a la Directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles.
Y no se trata solo de retocar los modelos de contrato. La norma alcanza los procesos de contratación y de incorporación, la información sobre jornada y retribución, las políticas internas y el uso de sistemas automatizados en la gestión de personas.
Qué cambia el Real Decreto 723/2026 en tu jornada y en tu nómina
Ya no basta con identificar el puesto y las condiciones básicas del contrato. La información que debes recibir se amplía a la retribución variable, la jornada y su distribución, los procedimientos para modificarla, las vacaciones, el periodo de prueba y el convenio colectivo aplicable.
El punto de la retribución variable es el que más se nota en la nómina. Tu empresa debe explicarte el método de cálculo y los criterios que determinan si percibes bonus, incentivos, comisiones u otros conceptos variables. Si tu variable depende de objetivos que nunca has visto por escrito, algo no encaja.
La información debe facilitarse, con carácter general, antes del inicio de la relación laboral. Y cuando cambie alguna de esas condiciones, la empresa deberá comunicártelo por escrito como máximo el día en que el cambio sea efectivo. La norma refuerza además la información sobre igualdad, conciliación y prevención del acoso.
Firmar un contrato no debería ser firmar a ciegas. Saber cómo se calcula tu variable o cómo se reparte tu jornada no es un favor: es una obligación legal de tu empresa.
Algoritmos y fijos-discontinuos: los cambios que casi nadie te explica
Uno de los aspectos más novedosos es que la obligación de informar alcanza también a la tecnología. Si tu empresa utiliza sistemas algorítmicos o automatizados que intervienen en decisiones laborales, deberá informarte de su existencia y explicarte los criterios y reglas con los que funcionan.
Eso vale para la jornada, la asignación de tareas, los salarios, la progresión profesional, el lugar de trabajo o la extinción del contrato. Ya no vale eso de que «lo ha decidido el sistema».
Hay más supuestos concretos. En la distribución irregular de la jornada deben comunicarse los días y horas de referencia en los que puede exigirse la prestación y los periodos mínimos de preaviso.
En los contratos fijos-discontinuos, los que se repiten cada temporada con llamamientos sucesivos, hay que informar de los periodos de actividad e inactividad o, si no pueden concretarse, de su estimación. Y si trabajas en el extranjero, tendrás derecho a conocer el país de destino, la moneda, las retribuciones, los gastos y las condiciones de repatriación.

Cómo pedir la información que no te han dado: pasos y plazos
Si tu contrato ya estaba en vigor cuando la norma entró en funcionamiento, no hace falta que la empresa lo rehaga. Pero eso no significa que no puedas exigir la información que falta.
Consulta siempre tu convenio colectivo o a un abogado laboralista o sindicato antes de tomar decisiones sobre derechos específicos: las condiciones concretas varían según el sector, la empresa y tu situación personal.
Primer paso: revisa lo que ya tienes. Contrato, anexos, nóminas y comunicaciones internas. Muchas empresas cumplen en parte sin haberlo documentado bien.
Segundo paso: solicita por escrito lo que falte, con acuse de recibo o registro de entrada. Sé concreto: método de cálculo de tu variable, días y horas de referencia de tu jornada, convenio aplicable y criterios del sistema que reparte turnos o tareas.
Tercer paso: controla el plazo. Si solicitas la información y no obraba en poder de la empresa, esta deberá facilitártela en 30 días hábiles.
La trazabilidad documental juega a tu favor: la empresa debe poder acreditar qué te informó, cuándo y por qué medio. Si no está por escrito, en la práctica no existe.
Lo que el Real Decreto 723/2026 no resuelve (y lo que depende de ti)
La norma funciona mejor en empresas medianas y grandes, con Recursos Humanos capaz de integrarla en sus procesos. En plantillas pequeñas, sin área dedicada, el riesgo es que la información siga circulando de viva voz y sin registro.
Eso sí, conviene gestionar expectativas: que te expliquen cómo se calcula tu variable no significa que vayas a cobrar más. La transparencia no sube los salarios por sí sola, pero sube tu capacidad de negociar y de detectar cuándo una condición no se está cumpliendo.
Lo que muchos no saben es que el decreto ordena la información, no el poder. No limita las horas extraordinarias ni te da derecho a cambiar tu jornada por decisión propia. Lo que hace es darte un punto de apoyo documental.
Y hay una parte que depende de ti. Guarda esta semana tu contrato, sus anexos y las nóminas de los últimos tres meses. Después pide por escrito los criterios de tu retribución variable y, si tu jornada es irregular, los días y horas de referencia. Si hay sistemas automáticos que reparten turnos o tareas, pide también sus reglas de funcionamiento. Es información que ya te corresponde.
📋 Ficha Laboral: Real Decreto 723/2026 y la información que tu empresa debe darte
- Qué tengo que saber: El Real Decreto 723/2026, en vigor desde el 5 de octubre de 2026, amplía la información obligatoria sobre retribución variable, jornada y su distribución, convenio aplicable, fijos-discontinuos, trabajo en el extranjero y sistemas algorítmicos.
- A quién afecta: A trabajadores por cuenta ajena, en especial a quienes cobran variables o comisiones, tienen jornada irregular o contrato fijo-discontinuo o trabajan en empresas que usan sistemas automatizados para asignar tareas y turnos.
- Fechas clave: En vigor desde el 5 de octubre de 2026. Los contratos anteriores no hay que rehacerlos, pero si pides la información y la empresa no la tenía, debe facilitártela en 30 días hábiles.


