El fin del teletrabajo en Correos ha dejado de ser un asunto interno. La dirección suprimió el trabajo a distancia en la sede central de la calle Conde de Peñalver, en Madrid, a finales de junio, y la plantilla ya tiene calendario: paros parciales diarios desde las 13:00, tres jornadas de huelga los días 27, 28 y 29 de octubre y una huelga indefinida a partir del 3 de noviembre.
No es una protesta simbólica. El Sindicato Libre de Correos y Telecomunicaciones, que se presenta como mayoritario en la Comunidad de Madrid, ha colocado la huelga indefinida justo antes de que la Oficina del Censo Electoral envíe la documentación del voto por correo, el 9 de noviembre, y la mantendrá durante la campaña electoral y el plazo de depósito.
El primer aviso llegó antes de los paros. El pasado lunes, una caída general del sistema informático paralizó las oficinas de toda España: solo se podían recoger paquetes y no se podían tramitar solicitudes de voto por correo. El servicio no empezó a recuperarse, de forma parcial, hasta las 10:00.
El sindicato vincula el fallo al conflicto, aunque descarta cualquier sabotaje. Su versión es que buena parte del personal de tecnología aceptó salarios por debajo de mercado a cambio de poder teletrabajar y cubría de manera informal guardias nocturnas y de fin de semana. Con el fin del teletrabajo, ese apoyo se ha ido.
Correos retira el teletrabajo seis años después y sin un acuerdo que lo regule
Ahí está el fondo. Según los convocantes, el teletrabajo se implantó hace seis años sin quedar regulado en ningún acuerdo escrito. La plantilla trabajaba en remoto tres días y medio a la semana y muchos empleados se instalaron fuera de Madrid, en otras provincias e incluso en las islas, convencidos de que el modelo era permanente.
A eso se suma un detalle que complica cualquier defensa individual: en la sede no existe control horario, siempre según el sindicato, lo que impide acreditar el trabajo hecho desde casa. Varios trabajadores han llevado ya el conflicto a los tribunales por su cuenta.
Un teletrabajo sin acuerdo escrito no es un privilegio: es una promesa verbal. Y cuando llega el conflicto, pesa mucho menos que un papel firmado.
Qué puedes hacer si tu empresa quiere eliminar el teletrabajo
Primero, entiende el marco. El trabajo a distancia debe ser voluntario y formalizarse por escrito; lo exige la Ley 10/2021 de trabajo a distancia (texto consolidado en el BOE). Eso no significa que la empresa no pueda revertirlo nunca, pero sí que no puede hacerlo como quien apaga un interruptor.
Segundo, reúne pruebas antes de discutir. Correos, calendarios compartidos, tareas entregadas, mensajes de tu responsable dando por bueno el modelo. Si no hay registro horario, ese material es tu única forma de demostrar que el trabajo se hacía y se hacía bien.
Tercer paso: pide la justificación por escrito. La empresa puede modificar condiciones de trabajo por la vía del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, pero necesita causa y, en determinados supuestos, un preaviso de quince días. Una orden verbal no es una notificación.
Consulta siempre tu convenio colectivo o a un abogado laboralista o sindicato antes de tomar decisiones sobre derechos específicos: las condiciones concretas varían según el sector, la empresa y tu situación personal.
Cuarto: no negocies solo. Un sindicato o un abogado laboralista puede convertir tu caso individual en una reclamación con más recorrido. Y una advertencia honesta: si te mudaste a otra provincia confiando en el modelo, ese cambio de residencia no te da derecho automático a conservar el teletrabajo, aunque sí refuerza que la condición estaba consolidada en tu día a día.
Que tu empresa pueda cambiar las reglas no significa que pueda cambiarlas sin explicaciones. Y menos cuando la plantilla ha organizado su vida alrededor de ellas.
Lo que este conflicto revela sobre el teletrabajo en España
Más allá de Correos, el caso es una foto de cómo se ha gestionado el trabajo a distancia en buena parte de las empresas españolas: por la puerta de atrás, sin acuerdo escrito, sin registro horario y con la confianza como único contrato. El detonante que describe el sindicato es revelador: una visita del presidente a la sede, las oficinas vacías y la conclusión de que la plantilla no trabajaba cuando en realidad estaba en remoto. Eso no es un problema de teletrabajo. Es un problema de gestión, de no medir por resultados y de no tener un sistema que permita saber quién hace qué.
El discurso que presenta la vuelta a la oficina como una cuestión de productividad ignora esa parte. Si una empresa no tenía control horario ni evaluación por objetivos, la presencialidad no arregla nada: solo devuelve el problema a un edificio. El teletrabajo funciona mejor en organizaciones que miden entregables y peor en las que miden presencias. Y eso no depende del trabajador.
Hay perfiles para los que el consejo de reclamar se queda corto: quien se mudó a otra provincia, quien cuida a un familiar o quien aceptó un salario menor a cambio de días en casa no puede permitirse un pulso largo. La recomendación para tu próxima semana laboral es pequeña y útil: envía un correo a tu responsable resumiendo por escrito cómo estáis organizados —días en remoto, horario disponible, herramientas— y pide confirmación. Tarda dos minutos y vale más que cualquier discusión.
📋 Ficha Laboral: fin del teletrabajo en Correos y qué hacer si te lo quitan
- Qué tengo que saber: El teletrabajo debe ser voluntario y constar por escrito según la Ley 10/2021 de trabajo a distancia. Retirarlo sin causa ni procedimiento abre la puerta a una reclamación por modificación sustancial de condiciones de trabajo.
- A quién afecta: A la plantilla de la sede central de Correos en Madrid y, por extensión, a cualquier trabajador por cuenta ajena con teletrabajo pactado de forma verbal o con un acuerdo desactualizado.
- Fechas clave: Paros parciales diarios desde las 13:00, tres jornadas de huelga los días 27, 28 y 29 de octubre y huelga indefinida desde el 3 de noviembre, en coincidencia con el envío de la documentación del voto por correo.


