La subida del SMI vuelve a la casilla de salida, pero su exención en el IRPF seguirá atascada. El Ejecutivo tiene previsto aprobar la revalorización del salario mínimo antes de fin de año. Lo que no tiene fecha es el ajuste fiscal que evita que quienes lo cobran paguen impuesto por ello.
El salario mínimo ha pasado de 735,90 euros a 1.221 euros mensuales en ocho años. Es un 66% de subida. Ese empuje ha ido dejando atrás el mínimo exento de IRPF, una cifra que se actualizaba con los Presupuestos y que lleva años congelada. Y ahí nace el enredo.
La subida se aprueba por real decreto; la exención necesita al Congreso
Son dos trámites distintos, con velocidades distintas. La revalorización se aprueba mediante real decreto en el Consejo de Ministros, según el artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores, y no se remite al Congreso para su convalidación.
Para fijar la cuantía, Trabajo recaba primero el criterio de un comité de expertos. La fecha tope para que se pronuncie sobre el SMI de 2027 está fijada para el 1 de noviembre. Después se abre el diálogo social con sindicatos y patronal.
Ese paso es obligatorio, pero su resultado no es vinculante: el Gobierno conserva la potestad de fijar la cifra en solitario. Es lo que ha ocurrido casi todos los años, con la patronal rechazando la propuesta.
La exención fiscal es otra cosa. Requiere una reforma legal que debe votarse en la Cámara Baja y que, según fuentes de Hacienda citadas por Europa Press, no tiene fecha concreta. «Eso tiene que venir después de que se suba el SMI», apuntan desde el Ministerio. Con el calendario actual, esa reforma tendría que aprobarse en la Diputación Permanente o ya en 2027, con el nuevo Congreso salido de las elecciones del 29 de noviembre.
Una subida de sueldo que se compensa con más retenciones no es una subida: es un cambio de casilla. Y el trabajador lo nota en la declaración, no en el titular.
Por qué la exención del IRPF depende de una ley y no de un reglamento
El reglamento del IRPF regula solo los anticipos mensuales que aplica la empresa en nómina. La obligación tributaria final, la que se liquida en la declaración de la renta, depende de la Ley del IRPF. Por eso, desde 2024, tocar el reglamento ya no basta para librar de retenciones al trabajador.
El mínimo exento estuvo en 14.000 euros anuales hasta 2020, con los Presupuestos prorrogados. A partir de 2023, con el SMI en 15.120 euros, esa cifra se quedó corta. Desde entonces el Ejecutivo ha improvisado un parche cada año: mínimo de retención en 15.876 euros en 2024, deducciones de hasta 340 euros en 2025 para sueldos de hasta 18.276, y hasta 590,89 euros anuales en 2026, con el SMI en 17.094 euros brutos.

Qué significa esto en tu nómina a partir de enero
Si la subida se aprueba antes de que acabe el año, el bruto de tu nómina cambiará en enero. La retención puede no hacerlo a la vez. En la práctica, eso abre tres frentes que conviene vigilar.
- Revisa el bruto anual del recibo de enero y compáralo con el nuevo salario mínimo en cómputo anual. Si tienes pagas extras prorrateadas, el cálculo no es multiplicar por doce.
- Comprueba la retención del recibo. Si aparece una línea de IRPF y tu salario no supera el mínimo exento vigente en el reglamento, reclama por escrito al departamento de personal.
- Guarda los recibos de todo el ejercicio. Si la reforma llega a mitad de año, las deducciones se aplican en la declaración y sin justificantes el ajuste se complica.
Consulta siempre tu convenio colectivo o a un abogado laboralista o sindicato antes de tomar decisiones sobre derechos específicos: las condiciones concretas varían según el sector, la empresa y tu situación personal.
El detalle que se pierde en el titular: cobrar más no siempre es cobrar más
Cada año, el ajuste fiscal del SMI se ha colado en una ley ajena: un decreto de ayudas por temporales, una enmienda en una norma en trámite, un decreto ley. Funciona, pero deja al trabajador con una seguridad jurídica de usar y tirar. Nadie puede planificar su renta sabiendo qué deducción tendrá el año siguiente.
Para quien cobra en torno al SMI, hablar de 340 o 590 euros de deducción no es un debate técnico. Es la diferencia entre una declaración a devolver y un susto en abril.
Un salario mínimo que acaba pagando IRPF no es del todo un salario mínimo. La letra pequeña fiscal devuelve por otra puerta lo que la subida da por la principal.
También hay un matiz de perfil: el problema golpea sobre todo a quien trabaja a jornada completa sin complementos y cobra en el entorno del mínimo. Para ese perfil, la subida es real; la exención, una promesa que siempre llega tarde.
Y aquí está la parte que sí puedes controlar. Antes de que acabe el año, calcula tu bruto anual completo, con pagas y complementos incluidos, y compáralo con el mínimo exento publicado. Pide a tu empresa una simulación de retención para el ejercicio siguiente y guarda el documento.
📋 Ficha Laboral: subida del SMI y exención del IRPF
- Qué tengo que saber: La revalorización del SMI se aprueba por real decreto (artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores) y no pasa por el Congreso. La exención en el IRPF exige una reforma legal que, según Hacienda, llegará después de la subida: Diputación Permanente o ya en 2027.
- A quién afecta: Trabajadores por cuenta ajena que cobran en el entorno del salario mínimo, a jornada completa y sin complementos que eleven el bruto anual por encima del mínimo exento.
- Fechas clave: 1 de noviembre, fecha tope del comité de expertos; 29 de noviembre, elecciones generales; enero, primer recibo con el nuevo bruto; declaración de la renta de 2027, donde se comprueba el ajuste fiscal.


