Real Decreto 723/2026: la empresa debe darte 17 condiciones de trabajo transparentes antes de tu primer día

Las condiciones de trabajo transparentes ya no dependen de la buena fe: son diecisiete apartados por escrito antes de tu primer día. El Real Decreto 723/2026, en vigor desde el 5 de octubre de 2026, obliga a la empresa a contarte cómo te van a pagar, cuándo vas a trabajar y hasta dónde puede cambiar las reglas del juego. Y todo, antes de que enciendas el ordenador.

La norma llega tarde. La Comisión Europea presentó su propuesta en diciembre de 2017, la Directiva (UE) 2019/1152, sobre condiciones laborales transparentes y previsibles, se aprobó el 20 de junio de 2019 y el plazo de transposición vencía el 1 de agosto de 2022. España ha esperado hasta septiembre de 2026. Cuatro años de retraso que, eso sí, han servido para que el texto nacional sea más exigente que el europeo.

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El Real Decreto 723/2026 obliga a comunicar diecisiete condiciones antes de empezar

El artículo 3.2 del decreto enumera de la letra a) a la q) lo que debe entregarse por escrito. No es un resumen genérico: son diecisiete bloques concretos. El artículo 7.1 fija el momento exacto: antes del inicio de la relación laboral. La directiva europea daba una semana o un mes, según la materia. España ha decidido que lo sepas todo antes de firmar.

Estos son los apartados que más te afectan en el día a día:

  • Salario desglosado: salario base y cada complemento por separado, con los criterios de cálculo de los variables. Se acabó el «ya lo verás en la nómina».
  • Jornada: diaria, semanal y anual, con el detalle de las horas ordinarias y su distribución.
  • Sistemas algorítmicos: si un sistema automatizado decide sobre tareas, salarios o extinción, la empresa debe explicar sus pautas, criterios y reglas.
  • Igualdad y acoso: plan de igualdad y protocolo frente al acoso, con acceso a su contenido.
  • Extinción y preaviso: el procedimiento aplicable y los plazos que regirían si la relación termina.

Queda la letra q), la más incómoda para cualquier empleador: hay que explicar en qué supuestos podrían modificarse todas esas condiciones y con qué procedimiento. El margen de maniobra de tu empresa deja de ser una intuición y pasa a estar documentado.

Consulta siempre tu convenio colectivo o a un abogado laboralista o sindicato antes de tomar decisiones sobre derechos específicos: las condiciones concretas varían según el sector, la empresa y tu situación personal.

Saber cómo te pueden despedir antes de firmar no es pesimismo: es la única forma de negociar sin miedo y de detectar a tiempo una oferta que no se sostiene.

Cómo revisar esa información antes de firmar: cinco comprobaciones prácticas

Recibir un documento no es lo mismo que entenderlo. La norma te da derecho a la información, pero la revisión sigue siendo tu trabajo. Estas son las comprobaciones que puedes hacer en las próximas 48 horas desde que recibas el escrito.

  • Primer paso: compara el salario base con la tabla de tu convenio colectivo. Si el fijo queda por debajo, ningún complemento lo compensa legalmente.
  • Coteja la jornada anual con la que figura en tu contrato y con la que aparezca en la primera nómina. Las tres cifras deben coincidir.
  • Pregunta por escrito si existe algún sistema algorítmico que puntúe tu rendimiento o reparta tareas. Si la respuesta es «no hay», pide que conste así en el documento.
  • Revisa los plazos de preaviso y compáralos con el Estatuto de los Trabajadores y con tu convenio: el decreto informa, no deroga lo que ya te protege.
  • Guarda copia firmada y fechada. En una reclamación, la carga de demostrar que se informó recae en la empresa, pero tú necesitas el papel.

Real Decreto 723/2026

La letra q) es el verdadero cambio, aunque no garantiza nada

La propia norma nació rodeada de dudas técnicas. Federico Durán López, en un análisis publicado por Garrigues, sostiene que el decreto va más allá de la directiva en varios puntos, que algunas exigencias chocan con el Estatuto de los Trabajadores y que una materia de este calado pedía una ley, no un reglamento. Es una crítica razonable y conviene escucharla.

Dicho esto, desde la perspectiva de quien firma, la balanza se inclina hacia el lado bueno. La información por escrito beneficia sobre todo a quien tiene menos poder de negociación: perfiles junior, contratos temporales, sectores con convenios débiles y plantillas pequeñas sin representación sindical. Para ellos, un documento con diecisiete apartados es la diferencia entre negociar y adivinar.

Y aquí está el matiz que el discurso corporativo prefiere no mencionar: la norma no obliga a tu empresa a ser justa, solo a documentar lo que hace. Una copia firmada no impide la arbitrariedad, pero la convierte en reclamable. Eso es mucho en un mercado donde la palabra dada vale cada vez menos.

La transparencia por decreto no fabrica confianza, pero te da algo más útil para el día a día: pruebas. Y con pruebas se negocia mejor.

Para la semana que viene, una acción concreta: coge el documento, subraya dos puntos —cómo se calcula tu variable y en qué supuestos pueden cambiar tus condiciones— y pide por escrito una aclaración concreta sobre ambos. Si no contestan, ya tienes tu primera evidencia de cómo se gestiona la información en esa empresa.

📋 Ficha Laboral: las 17 condiciones de trabajo transparentes del Real Decreto 723/2026

  • Qué tengo que saber: el Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, que transpone la Directiva (UE) 2019/1152, obliga a comunicar por escrito diecisiete condiciones (artículo 3.2, letras a) a q) antes del inicio de la relación laboral (artículo 7.1). Está en vigor desde el 5 de octubre de 2026.
  • A quién afecta: a cualquier persona que vaya a firmar un contrato por cuenta ajena en España, con especial incidencia en perfiles junior, contratos temporales y plantillas sin representación sindical.
  • Fechas clave: de aplicación inmediata en toda nueva contratación. Revisa el documento antes de firmar y guarda copia fechada.

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