El subsidio por desempleo se decide con dos datos: los días que has cotizado y si tienes familia a cargo. La diferencia entre un caso y otro no es de semanas. Son 21 meses frente a cinco, y más de 8.000 euros de por medio. Entender esa frontera cambia por completo el cálculo.
Cómo se calcula la duración del subsidio por desempleo
La regla está en el artículo 277.2 de la Ley General de la Seguridad Social y es más sencilla de lo que parece. Con 90, 120 o 150 días cotizados, el subsidio dura tres, cuatro o cinco meses respectivamente, tengas o no responsabilidades familiares. No hay atajo posible en ese tramo.
El salto llega a partir de los 180 días. Ahí entran en juego las responsabilidades familiares: sin ellas, la ayuda se queda en seis meses; con ellas, se estira hasta 21. Un mes más de cotización puede multiplicar por cuatro la duración del subsidio.
Antes del Real Decreto-ley 2/2024, quien no tenía familia a cargo necesitaba seis meses cotizados para acceder a esta ayuda. La reforma bajó el umbral a 90 días, eso sí, pero la duración máxima siguió reservada a quien acredita cargas familiares y llega a los 180 días.
Cuánto se cobra en cada tramo: del 95% del IPREM al 80%
La cuantía del subsidio también baja con el tiempo. Los primeros 180 días se cobra el 95% del IPREM, que con el indicador de 600 euros mensuales fijado para 2026 se traduce en 570 euros; del día 181 al 360, el 90%, es decir, 540 euros; y a partir del día 361, el 80%, 480 euros hasta agotar la ayuda.
Haciendo números: 150 días cotizados son cinco meses a 570 euros, 2.850 euros en total. Si llegas a 180 días sin cargas familiares, seis meses, 3.420 euros. Y con responsabilidades familiares, los 21 meses se reparten en seis a 570, seis a 540 y nueve a 480: 10.980 euros.
Un mes más de cotización no es un detalle: es la diferencia entre cinco meses de ayuda y casi dos años. Revisa tu vida laboral antes de solicitar nada.

Qué cuenta como familia a cargo: no es solo tener hijos
La ley no habla de hijos, habla de rentas. Según el artículo 275 de la LGSS, existen responsabilidades familiares cuando la suma de los ingresos del mes anterior de toda la unidad familiar —solicitante, cónyuge o pareja de hecho e hijos menores de 26 años o con discapacidad que convivan con él—, dividida entre el número de miembros, no supera el 75% del salario mínimo sin pagas extra.
Con el SMI de 1.221 euros, ese techo son 915,75 euros por persona. Una pareja con un hijo cumple el requisito si entre los tres no ingresaron más de 2.747,25 euros el mes anterior. Un detalle que muchos solicitantes ignoran y que cambia por completo el resultado de la solicitud.
Consulta siempre tu convenio colectivo o a un abogado laboralista o sindicato antes de tomar decisiones sobre derechos específicos: las condiciones concretas varían según el sector, la empresa y tu situación personal.
La letra pequeña: cotizaciones que se consumen y plazos que corren
Aquí está el matiz que casi nadie explica en la ventanilla. Quien empieza cobrando los seis meses sin cargas familiares no pierde la opción de llegar a los 21: la ley permite acreditar responsabilidades sobrevenidas más tarde y pedir la ampliación, siempre dentro de los 12 meses siguientes al día en que te quedaste sin empleo. Si en ese periodo nace un hijo o tu pareja se queda sin ingresos, hay margen para recuperar la ayuda.
Lo que no se recupera son las cotizaciones. El mismo artículo 277.2 establece que los días que abrieron el subsidio se consumen con él y no sirven después para generar un nuevo paro ni otro subsidio. Dicho de otro modo: el subsidio no es un puente neutral, es un gasto de tu historial. Y eso, en una carrera de contratos temporales encadenados, pesa más de lo que parece.
El subsidio no es un premio: es un colchón con contrapartidas. Conocerlas antes de firmar la solicitud marca la diferencia.
Hay más condiciones que el SEPE revisa una por una: estar inscrito como demandante de empleo, firmar el acuerdo de actividad y no superar esos 915,75 euros de rentas propias al mes. También pueden solicitarlo quienes trabajan a tiempo parcial si la suma de sus jornadas no llega a una jornada completa. El subsidio se reconoce por trimestres y cada prórroga vuelve a mirar las rentas del mes anterior, así que conviene tener las nóminas a mano.
¿Vale la pena? Si tu sector es estacional, probablemente sí. Si tienes un contrato fijo discontinuo y esperas un llamamiento, calcula antes cuántos días de cotización sacrificas. Y si estás a un mes de los 180 días, aguanta si puedes: en tu próxima conversación con la empresa, negocia la fecha de salida. La diferencia son 16 meses de ayuda.
📋 Ficha Laboral: duración del subsidio por desempleo
- Qué tengo que saber: Con 90, 120 o 150 días cotizados el subsidio dura tres, cuatro o cinco meses. A partir de 180 días, seis meses sin cargas familiares y hasta 21 con ellas, según el artículo 277.2 de la Ley General de la Seguridad Social.
- A quién afecta: Trabajadores por cuenta ajena que han perdido el empleo sin llegar a los 360 días cotizados que exige la prestación contributiva, especialmente en sectores estacionales, hostelería, agricultura y contratos temporales encadenados.
- Fechas clave: La ampliación por responsabilidades familiares sobrevenidas se puede pedir dentro de los 12 meses siguientes al hecho causante. De aplicación inmediata si vas a solicitar el subsidio en las próximas semanas.


